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  Promoción Basada en Normas Académicas (SBP, por su sigla en inglés)
2º, 5º y 8º grado

NORMATIVA QUE RIGE LA PROMOCIÓN BASADA EN NORMAS

ANTECEDENTES

El Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles aplica una normativa de promoción basada en normas académicas, en conformidad con el artículo 48070.5 (1)(d) del Código de Educación. La ley estipula que todas las Juntas de Educación apliquen directivas que establezcan criterios relativos a la promoción y la retención obligatoria de estudiantes en ciertos grados escolares. Los estudiantes deben demostrar un rendimiento acorde a su grado escolar para obtener la promoción al grado siguiente. Estas directivas afectan a los estudiantes de 2º a 5º grado y del 8º grado.

CRITERIOS QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA LA PROMOCIÓN DE GRADO ESCOLAR

Los estudiantes de 2º a 5º grado y de 8º grado que poseen dominio del inglés deberán alcanzar los niveles mínimos exigidos por su nivel de grado escolar en lengua y literatura, mientras que los alumnos de 4º, 5º y 8º grado deberán hacer lo propio en matemática.
• Los estudiantes de inglés como segundo idioma deberán cumplir con los niveles mínimos de Aprendizaje Progresivo del Inglés (ELD, por su sigla en inglés), progresando a razón de un nivel de ELD por año, o un nivel de ELD por semestre en el caso de los alumnos de 8º grado.
• Los estudiantes de inglés de 2º a 5º grado, que participen en un programa bilingüe de idioma español deberán alcanzar los niveles mínimos exigidos por su nivel de grado escolar en lectura y matemática en español, y deberán también alcanzar los niveles mínimos de ELD, progresando a razón de un nivel de ELD por año.
• Los estudiantes discapacitados deberán cumplir con los criterios indicados en sus IEP.

INTERVENCIONES ACADÉMICAS COMO APOYO A LA PROMOCIÓN

Al inicio del año lectivo se identifican los estudiantes que corran riesgo de fracasar y se les ofrece una variedad de intervenciones académicas auxiliares:
• Enseñanza dentro del aula con un docente que ayuda a los estudiantes en pequeños grupos y en forma
individual.
• Enseñanza adicional proporcionando apoyo académico a los estudiantes una vez finalizada la jornada lectiva
regular.
• Programas de Aprendizaje Suplementario (ELP): están disponibles para los alumnos de kindergarten a 8º grado antes del inicio de la jornada escolar, después de la misma o durante los fines de semana.
• Academias de Aprendizaje Suplementario (ELA): disponibles para alumnos de 6º a 12º grado en ciertas escuelas secundarias de ciclos educativos múltiples.
• Programas de verano y programas de período vacacional: durante los recesos escolares.

Los estudiantes de secundaria de 6º a 9º grado que cumplan con los criterios específicos necesarios para beneficiarse de los servicios de intervención académica, serán inscriptos en los cursos para Lectores y Escritores Emergentes por un período doble, diariamente durante el año lectivo regular.

Los estudiantes de secundaria que estén aprendiendo inglés en los grados 6-8 se matricularán en cursos de inglés como segunda lengua dos horas al día durante el año lectivo regular.

Los alumnos de primaria que no cumplan con los criterios establecidos para lograr la promoción de grado, repetirán el grado, a menos que el docente considere que esto no sea necesario.

Durante el año en el cual los alumnos repitan el grado, participarán en intervenciones permanentes y asistirán a programas de verano o programas especiales durante los períodos en los que no asistan a clase.

PROCESO DE NOTIFICACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA

Cada vez que un estudiante corra riesgo de no cumplir con las normas de grado escolar necesarias para lograr la promoción de grado escolar, se notificará a los padres ya sea en las entrevistas con docentes, en los informes de progreso académico, o mediante cartas. Toda notificación escrita
deberá ser firmada por uno de los padres del estudiante y entregarse en la escuela.

PROCESO DE APELACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA

Durante el primer mes de clases, los padres de familia podrán apelar ante el director de la escuela la decisión de que su hijo repita el curso. El director y el docente deberán reunirse con el padre de familia para tratar de resolver este asunto. En caso de que el padre de familia no estuviese de acuerdo con la decisión tomada por el director, podrá apelarla ante el director de servicios auxiliares escolares del distrito local. Se concertará una reunión con objeto de tratar la apelación y se analizarán todas las pruebas. La decisión final será enviada por correo a los padres de familia.

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Promoción basada en
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